andorra ski hotel Constituir, formar o crear una empresa en Andorra: Los Requisitos fundamentales y legales para constituir, formar o crear una sociedad o empresa en Andorra son:

MIEUX FISCAL INVESTISSEMENT EN ANDORRE. Andorre propose des avantages multiples et permet aux entreprises et aux personnes physiques de se libérer de la pression fiscale considérable exercée par l’administration fiscale. Mieuxfiscal est spécialisé dans l’optimisation et l’expatriation fiscale afin de redonner de l’oxygène aux entreprises et aux particuliers. La Principauté d’Andorre : un pays coopérant à faible fiscalité Créer son entreprise en Andorre. Devenir résident andorran. La Principauté d’Andorre : un pays coopérant à faible fiscalité. Malgré les idées reçues, Andorre n’est pas un paradis fiscal, mais un pays coopérant à faible fiscalité. En 2015, la France et l’Andorre signent une convention de non double imposition. Andorre respecte par ailleurs l’échange d’information sur des données fiscales des non-résidents ainsi que la déclaration des bénéficiaires effectifs : Andorre et ses agents économiques sont en conformité avec l’ensemble des directives internationales.

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Constituir, formar o crear una empresa en Andorra: Los Requisitos fundamentales y legales para constituir, formar o crear una sociedad o empresa en Andorra son: Impuesto: No hay impuestos corporativos. Accionistas: Se requiere un mínimo de dos accionistas, de los cuales al menos uno/a debe ser de nacionalidad andorrana, y que tiene título de un mínimo de 67% de la capital social de la compañía. Personas que no sean de nacionalidad andorrana ni residentes en Andorra solo pueden tener título a 33% de la capital social. Los detalles de los accionistas se guardan en el registro local. Se puede usar una compañía de jurisdicciones de baja fiscalidad para ser dueño del 33% de la capital social. Es posible organizar que un ciudadano de Andorra actúe como accionista nominativo. Aunque con las nuevas normativas segun el tipo de negocio puede ponerse como dueños únicos personas no residentes dependerá del tipo de actividad que va a tener la empresa. Administradores: Un mínimo de dos administradores son requeridos en todo momento. Se debe nombrar a un Presidente que debe ser de nacionalidad andorrana. La ley requiere que el segundo administrador actúe como Secretario de la Compañía, esta persona debe tener residencia en Andorra. Detalles sobre los administradores deben ser guardados en la sede social y esta información será disponible para la inspección pública. Capital Social: El capital social debe estar pagado por completo antes de la incorporación. La cantidad debe ser depositada con un banco de Andorra en una cuenta designada de incorporación. Después el banco debe publicar un certificado especial, dirigida al notario designado, responsable de finalizar trámites de la constitución. Contabilidad anual Información sobre la contabilidad y libros:Deben permanecer en la sede social de la compañía, pero estos no necesitan ser auditados o archivados con las autoridades locales. A la hora de comenzar la comprobación de la disponibilidad del nombre de la compañía puede demorar hasta cinco días laborales y sociedades pre constituidas no existen. Después de que el capital social ha sido depositado de la forma ya mencionada, se tardará hasta dos meses para incorporar la sociedad.> Eleccion de Nombres:Los nombres tienen que acabar con S.L. Es aconsejable que el nombre elegido al menos suene catalán, o sean siglas para ser aprobado. Los impuestos y la Tributación de la sociedad o empresa en Andorra: La sociedad n tiene que pagar en torno a un 10% de impuestos sobre sociedades en Andorra. Si tiene negocio en unos de los países de la Unión Europea, puede ser sujeto a impuestos sobre sociedades en los países de la actividad. Andorra tiene un impuesto indirecto sobre su facturación, administrado como el IVA. Si tiene un negocio grande en la Unión Europea, puede que sea necesario registrar para IVA en dicho país. Abrir una cuenta bancaria en Andorra: Información requerida para abrir una cuenta bancaria en Andorra: Nombre completo (como aparece en documentos de identidad). Lugar y fecha de nacimiento. Nacionalidad. Residencia fiscal. Pasaporte o DNI. Teléfono, fax y correo electrónico. Detalles Profesionales del Cliente. Profesión. Detalles de la sociedad, con identidad nacional y número fiscal. Actividad de la sociedad. Sede Social. Teléfono, fax, detalles de correo y página web. Detalles de Referencia. Casos judiciales o disputas legales con acuerdos pendientes (personales o de sociedad) Banco y referencias profesionales (por un notario, abogado o contable cualificado) Prueba de residencia fiscal: extracto de tarjeta de crédito, copia del pago de facturas de gas, electricidad o teléfono fijo. Copia del pasaporte: legalizada o apostillada. INFORMACION BASICA DE LAS SOCIEDADES ANDORRANAS REGIMEN JURIDICO En el Principado de Andorra las sociedades mercantiles pueden adoptar la forma de sociedad anónima ( SA) o de Sociedad de responsabilidad limitada (SL). Cualquiera de ellas puede estar constituida por un socio ( sociedad unipersonal) o más. Estas sociedades tienen personalidad jurídica propia a partir de su inscripción en el Registro de Sociedades. CAPITAL SOCIAL El capital social mínimo de las SL es de 3.000€ ( no existe ningún límite máximo de capital) y el de las SA es de 60.000€ Todas las acciones o participaciones se tienen que suscribir por un importe al menos igual a su valor nominal, y este tiene que ser desembolsado totalmente mediante una aportación patrimonial efectiva a la sociedad. RESPONSABILIDAD DE LOS SOCIOS Los socios solamente responden de las deudas que tenga la empresa en el límite del valor de sus aportaciones o participaciones en la sociedad y no responden con su patrimonio individual, siempre y cuando la sociedad este inscrita en el Registro de Sociedades. DOMICILIO SOCIAL Las sociedades andorranas han de tener el domicilio social dentro del territorio del Principado de Andorra ADMINISTRACION La Junta General de socios es el órgano soberano de la sociedad y toma acuerdos sobre las cuestiones más importantes de la vida social ( modificación de estatutos, aprobación de las cuentas anuales, aplicación del resultado del ejercicio, nombramiento y renovación de los administradores, transformación, fusión, escisión, extinción de la sociedad , etc.). Los acuerdos se toman por mayoría de capital ( que, como mínimo, tiene que representar un tercio del capital social). La Junta General nombrara y determinara el sistema de administración ordinaria de la sociedad: Administrador Único Administradores conjuntos ( actuación mancomunada) Administradores solidarios ( actuación individual) Consejo de Administración ( actuación colegiada) Los administradores de la sociedad pueden ser tanto personas físicas como personas jurídicas. En la sociedad unipersonal las competencias de la Junta General las asume el socio único. PROCESO DE CONSTITUCION DE UNA SOCIEDAD ANDORRANA 1) Obtención del certificado de denominación social. Este certificado debe ser solicitado por uno de los futuros socios de la sociedad a constituir. El certificado se solicita en el Registro de Sociedades, mediante la presentación del correspondiente formulario, en el cual el interesado tendrá que pedir tres denominaciones alternativas por orden de preferencia. 2) Constitución de la Sociedad ante Notario. Se tiene que acompañar la documentación siguiente, además de la que se determine en función de si el socio es persona jurídica, si es una SA y hay aportaciones no dinerarias, etc: El proyecto de estatutos sociales La relación de los socios fundadores La identidad de todos los administradores La certificación de denominación social Autorización de inversión extranjera ( si hay socios extranjeros) 3) Escritura Pública. Una vez obtenida la autorización de Gobierno para constituir la sociedad, se otorga la escritura pública de constitución de la sociedad ante un notario andorrano, siendo necesario aportar el certificado bancario acreditativo del depósito del capital social 4) Inscripción. La inscripción en el Registro de Sociedades es obligatoria y a partir de aquel momento es cuando la sociedad adquiere personalidad jurídica. 5) Obtención del Número de Registro Tributario. Una vez inscrita la sociedad en el Registro de Sociedades, se tiene que solicitar el Numero de Registro Tributario ( NRT) a la Administración Tributaria. DOCUMENTACION QUE SE EXIGE A LOS SOCIOS EXTRANJEROS Si las personas que quieren constituir la sociedad mercantil andorrana son personas extranjeras no residentes en Andorra han de presentar a Gobierno, previamente a la constitución de la sociedad, una solicitud de autorización de inversión extranjera ( mediante el formulario correspondiente), adjuntando la siguiente documentación. Persona física no residente Fotocopia del pasaporte de la persona que solicita debidamente legalizada o apostillada. Certificado de antecedentes penales del país de origen y de la última residencia legalizado o apostillada. Sociedad Fotocopia legalizada o apostillada de la escritura de constitución Fotocopia del pasaporte de los representantes o apoderados de la sociedad legalizada o apostillada. Fotocopia de la escritura de poderes de los representantes o apoderados de la sociedad legalizada o apostillada. Certificados de antecedentes penales del país de origen y de la última residencia de los representantes o apoderados de la sociedad legalizado o apostillado. Dos copias de la certificación de la junta que acuerde la inversión extranjera que se solicita OBLIGACIONES MERCANTILES, CONTABLES Y FISCALES DE LA SOCIEDADES ANDORRANAS OBLIGACIONES MERCANTILES Títulos de las participaciones: Las participaciones se tienen que documentar mediante títulos ( o bien certificados), los cuales tienen que ser nominativos y numerados individualmente. Pueden incorporar una o más participaciones. A partir de este certificado se hará la inscripción en el Libro Registro de Socios Libro Registro de Socios: es obligatorio. Tiene que figurar la identidad de los socios originarios y los nuevos adquirientes, su domicilio, así como las sucesivas transmisiones de las participaciones y toda constitución de derechos reales y gravámenes sobre las mismas. Acta de Junta General: Es obligatorio. Las actas tienen que incluir necesariamente la fecha, el lugar y la hora de la celebración, la forma y el texto integro de la convocatoria, la identidad de los socios asistentes y el capital que representan, el orden del día, el contenido de los acuerdos adoptados y el resultado de las votaciones con indicación del sentido del voto de los socios y las abstenciones. Si se trata de Junta General Universal, hace falta la firma de todos los socios. OBLIGACIONES CONTABLES Contabilidad: Se tiene que llevar la contabilidad de conformidad con la normativa vigente en el Principado de Andorra, hacer un seguimiento cronológico de las operaciones y elaborar los documentos contables y los inventarios. Documentos Contables: Se tienen que conservar obligatoriamente los documentos contables, incluidos los justificantes de las diferentes anotaciones, durante un plazo de 6 años desde la fecha de la aprobación de las cuentas del ejercicio al cual corresponden. Cuentas Anuales: Deben contener el Balance, La cuenta de Pérdidas y Ganancias, El Estado de Cambios de Patrimonio Neto, El Estado de Flujo de Efectivo, La Memoria y la propuesta de distribución del resultado. Auditora de Cuentas: En determinados casos y en función del importe de la cifra anual de negocio, del número de trabajadores o del total de las partidas del activo, la sociedad tiene que someter las cuentas anuales a una auditoría de cuentas. Deposito de las cuentas anuales: Se han de depositar obligatoriamente en el Registro de Sociedades las certificaciones del acuerdo que apruébalas cuentas anuales y del acuerdo relativo a la aplicación del resultado, juntamente con un ejemplar de las cuentas anuales y del informe de auditoría, si este es necesario. Distribución de dividendos: Solamente se pueden distribuir dividendos cuando el valor del patrimonio neto contable no sea inferior a la cifra del capital social, o bien no resulte serlo como consecuencia de la distribución. Queda prohibida la distribución de beneficios mientras los gastos de establecimiento o de investigación y desarrollo no hayan sido completamente amortizados, excepto que el importe de las reservas disponibles sea, como mínimo, igual al importe de los gastos no amortizados. También queda prohibida la distribución de los beneficios mientras no se haya amortizado completamente el fondo de comercio a menos que se constituya una reserva disponible por un importe igual al de aquel que figure en el activo. Reserva legal: Las sociedades tienen que reservar el 10% del resultado positivo de cada ejercicio para la constitución de la reserva legal hasta que esta represente el 20% del capital social. La reserva legal solo se puede utilizar para compensar pérdidas y cuando no existan otras reservas disponibles. OBLIGACIONES FISCALES Las sociedades andorranas tienen obligaciones fiscales y, por tanto, tienen que presentar las declaraciones y liquidaciones tributarias del Impuesto General Indirecto ( IGI), equivalente al IVA, asa como de los impuestos directos siguientes. - Impuesto de Sociedades: Este impuesto prevé un tipo impositivo del 10% - Impuesto sobre la renta de los no residentes fiscales: La ley obliga a las empresas andorranas que pagan servicios que hayan sido contratados a empresas no residentes fiscales en Andorra ,a practicar una retención del 10% sobre el importe de las facturas a pagar

Constituir, formar o crear una empresa en Andorra:

Los Requisitos fundamentales y legales para constituir, formar o crear una sociedad o empresa en Andorra son:

Impuesto: No hay impuestos corporativos.

Accionistas: Se requiere un mínimo de dos accionistas, de los cuales al menos uno/a debe ser de nacionalidad andorrana, y que tiene título de un mínimo de 67% de la capital social de la compañía. Personas que no sean de nacionalidad andorrana ni residentes en Andorra solo pueden tener título a 33% de la capital social. Los detalles de los accionistas se guardan en el registro local. Se puede usar una compañía de jurisdicciones de baja fiscalidad para ser dueño del 33% de la capital social. Es posible organizar que un ciudadano de Andorra actúe como accionista nominativo. Aunque con las nuevas normativas segun el tipo de negocio puede ponerse como dueños únicos personas no residentes dependerá del tipo de actividad que va a tener la empresa.

Administradores: Un mínimo de dos administradores son requeridos en todo momento. Se debe nombrar a un Presidente que debe ser de nacionalidad andorrana. La ley requiere que el segundo administrador actúe como Secretario de la Compañía, esta persona debe tener residencia en Andorra. Detalles sobre los administradores deben ser guardados en la sede social y esta información será disponible para la inspección pública.

Capital Social: El capital social debe estar pagado por completo antes de la incorporación. La cantidad debe ser depositada con un banco de Andorra en una cuenta designada de incorporación. Después el banco debe publicar un certificado especial, dirigida al notario designado, responsable de finalizar trámites de la constitución.

Contabilidad anual Información sobre la contabilidad y libros:Deben permanecer en la sede social de la compañía, pero estos no necesitan ser auditados o archivados con las autoridades locales.
A la hora de comenzar la comprobación de la disponibilidad del nombre de la compañía puede demorar hasta cinco días laborales y sociedades pre constituidas no existen. Después de que el capital social ha sido depositado de la forma ya mencionada, se tardará hasta dos meses para incorporar la sociedad.>

Eleccion de Nombres:Los nombres tienen que acabar con S.L. Es aconsejable que el nombre elegido al menos suene catalán, o sean siglas para ser aprobado.

Los impuestos y la Tributación de la sociedad o empresa en Andorra:
La sociedad n tiene que pagar en torno a un 10% de impuestos sobre sociedades en Andorra.

Si tiene negocio en unos de los países de la Unión Europea, puede ser sujeto a impuestos sobre sociedades en los países de la actividad.

Andorra tiene un impuesto indirecto sobre su facturación, administrado como el IVA. Si tiene un negocio grande en la Unión Europea, puede que sea necesario registrar para IVA en dicho país.

Abrir una cuenta bancaria en Andorra:

Información requerida para abrir una cuenta bancaria en Andorra:

Nombre completo (como aparece en documentos de identidad).
Lugar y fecha de nacimiento.
Nacionalidad.
Residencia fiscal.
Pasaporte o DNI.
Teléfono, fax y correo electrónico.
Detalles Profesionales del Cliente.
Profesión.
Detalles de la sociedad, con identidad nacional y número fiscal.
Actividad de la sociedad.
Sede Social.
Teléfono, fax, detalles de correo y página web.
Detalles de Referencia.
Casos judiciales o disputas legales con acuerdos pendientes (personales o de sociedad)
Banco y referencias profesionales (por un notario, abogado o contable cualificado)
Prueba de residencia fiscal: extracto de tarjeta de crédito, copia del pago de facturas de gas, electricidad o teléfono fijo.
Copia del pasaporte: legalizada o apostillada.

INFORMACION BASICA DE LAS SOCIEDADES ANDORRANAS

REGIMEN JURIDICO

En el Principado de Andorra las sociedades mercantiles pueden adoptar la forma de sociedad anónima ( SA) o de Sociedad de responsabilidad limitada (SL). Cualquiera de ellas puede estar constituida por un socio ( sociedad unipersonal) o más. Estas sociedades tienen personalidad jurídica propia a partir de su inscripción en el Registro de Sociedades.

CAPITAL SOCIAL

El capital social mínimo de las SL es de 3.000€ ( no existe ningún límite máximo de capital) y el de las SA es de 60.000€ Todas las acciones o participaciones se tienen que suscribir por un importe al menos igual a su valor nominal, y este tiene que ser desembolsado totalmente mediante una aportación patrimonial efectiva a la sociedad.

RESPONSABILIDAD DE LOS SOCIOS

Los socios solamente responden de las deudas que tenga la empresa en el límite del valor de sus aportaciones o participaciones en la sociedad y no responden con su patrimonio individual, siempre y cuando la sociedad este inscrita en el Registro de Sociedades.

DOMICILIO SOCIAL

Las sociedades andorranas han de tener el domicilio social dentro del territorio del Principado de Andorra

ADMINISTRACION

La Junta General de socios es el órgano soberano de la sociedad y toma acuerdos sobre las cuestiones más importantes de la vida social ( modificación de estatutos, aprobación de las cuentas anuales, aplicación del resultado del ejercicio, nombramiento y renovación de los administradores, transformación, fusión, escisión, extinción de la sociedad , etc.). Los acuerdos se toman por mayoría de capital ( que, como mínimo, tiene que representar un tercio del capital social).
La Junta General nombrara y determinara el sistema de administración ordinaria de la sociedad:

Administrador Único
Administradores conjuntos ( actuación mancomunada)
Administradores solidarios ( actuación individual)
Consejo de Administración ( actuación colegiada)
Los administradores de la sociedad pueden ser tanto personas físicas como personas jurídicas.
En la sociedad unipersonal las competencias de la Junta General las asume el socio único.

PROCESO DE CONSTITUCION DE UNA SOCIEDAD ANDORRANA

1) Obtención del certificado de denominación social. Este certificado debe ser solicitado por uno de los futuros socios de la sociedad a constituir. El certificado se solicita en el Registro de Sociedades, mediante la presentación del correspondiente formulario, en el cual el interesado tendrá que pedir tres denominaciones alternativas por orden de preferencia.
2) Constitución de la Sociedad ante Notario. Se tiene que acompañar la documentación siguiente, además de la que se determine en función de si el socio es persona jurídica, si es una SA y hay aportaciones no dinerarias, etc:

El proyecto de estatutos sociales
La relación de los socios fundadores
La identidad de todos los administradores
La certificación de denominación social
Autorización de inversión extranjera ( si hay socios extranjeros)
3) Escritura Pública. Una vez obtenida la autorización de Gobierno para constituir la sociedad, se otorga la escritura pública de constitución de la sociedad ante un notario andorrano, siendo necesario aportar el certificado bancario acreditativo del depósito del capital social
4) Inscripción. La inscripción en el Registro de Sociedades es obligatoria y a partir de aquel momento es cuando la sociedad adquiere personalidad jurídica.
5) Obtención del Número de Registro Tributario. Una vez inscrita la sociedad en el Registro de Sociedades, se tiene que solicitar el Numero de Registro Tributario ( NRT) a la Administración Tributaria.

DOCUMENTACION QUE SE EXIGE A LOS SOCIOS EXTRANJEROS

Si las personas que quieren constituir la sociedad mercantil andorrana son personas extranjeras no residentes en Andorra han de presentar a Gobierno, previamente a la constitución de la sociedad, una solicitud de autorización de inversión extranjera ( mediante el formulario correspondiente), adjuntando la siguiente documentación.

Persona física no residente

Fotocopia del pasaporte de la persona que solicita debidamente legalizada o apostillada. Certificado de antecedentes penales del país de origen y de la última residencia legalizado o apostillada.

Sociedad

Fotocopia legalizada o apostillada de la escritura de constitución
Fotocopia del pasaporte de los representantes o apoderados de la sociedad legalizada o apostillada.
Fotocopia de la escritura de poderes de los representantes o apoderados de la sociedad legalizada o apostillada.
Certificados de antecedentes penales del país de origen y de la última residencia de los representantes o apoderados de la sociedad legalizado o apostillado.
Dos copias de la certificación de la junta que acuerde la inversión extranjera que se solicita

OBLIGACIONES MERCANTILES, CONTABLES Y FISCALES DE LA SOCIEDADES ANDORRANAS

OBLIGACIONES MERCANTILES

Títulos de las participaciones: Las participaciones se tienen que documentar mediante títulos ( o bien certificados), los cuales tienen que ser nominativos y numerados individualmente. Pueden incorporar una o más participaciones. A partir de este certificado se hará la inscripción en el Libro Registro de Socios
Libro Registro de Socios: es obligatorio. Tiene que figurar la identidad de los socios originarios y los nuevos adquirientes, su domicilio, así como las sucesivas transmisiones de las participaciones y toda constitución de derechos reales y gravámenes sobre las mismas.
Acta de Junta General: Es obligatorio. Las actas tienen que incluir necesariamente la fecha, el lugar y la hora de la celebración, la forma y el texto integro de la convocatoria, la identidad de los socios asistentes y el capital que representan, el orden del día, el contenido de los acuerdos adoptados y el resultado de las votaciones con indicación del sentido del voto de los socios y las abstenciones. Si se trata de Junta General Universal, hace falta la firma de todos los socios.

OBLIGACIONES CONTABLES

Contabilidad: Se tiene que llevar la contabilidad de conformidad con la normativa vigente en el Principado de Andorra, hacer un seguimiento cronológico de las operaciones y elaborar los documentos contables y los inventarios.
Documentos Contables: Se tienen que conservar obligatoriamente los documentos contables, incluidos los justificantes de las diferentes anotaciones, durante un plazo de 6 años desde la fecha de la aprobación de las cuentas del ejercicio al cual corresponden.
Cuentas Anuales: Deben contener el Balance, La cuenta de Pérdidas y Ganancias, El Estado de Cambios de Patrimonio Neto, El Estado de Flujo de Efectivo, La Memoria y la propuesta de distribución del resultado.
Auditora de Cuentas: En determinados casos y en función del importe de la cifra anual de negocio, del número de trabajadores o del total de las partidas del activo, la sociedad tiene que someter las cuentas anuales a una auditoría de cuentas.
Deposito de las cuentas anuales: Se han de depositar obligatoriamente en el Registro de Sociedades las certificaciones del acuerdo que apruébalas cuentas anuales y del acuerdo relativo a la aplicación del resultado, juntamente con un ejemplar de las cuentas anuales y del informe de auditoría, si este es necesario.
Distribución de dividendos: Solamente se pueden distribuir dividendos cuando el valor del patrimonio neto contable no sea inferior a la cifra del capital social, o bien no resulte serlo como consecuencia de la distribución. Queda prohibida la distribución de beneficios mientras los gastos de establecimiento o de investigación y desarrollo no hayan sido completamente amortizados, excepto que el importe de las reservas disponibles sea, como mínimo, igual al importe de los gastos no amortizados. También queda prohibida la distribución de los beneficios mientras no se haya amortizado completamente el fondo de comercio a menos que se constituya una reserva disponible por un importe igual al de aquel que figure en el activo.
Reserva legal: Las sociedades tienen que reservar el 10% del resultado positivo de cada ejercicio para la constitución de la reserva legal hasta que esta represente el 20% del capital social. La reserva legal solo se puede utilizar para compensar pérdidas y cuando no existan otras reservas disponibles.

OBLIGACIONES FISCALES

Las sociedades andorranas tienen obligaciones fiscales y, por tanto, tienen que presentar las declaraciones y liquidaciones tributarias del Impuesto General Indirecto ( IGI), equivalente al IVA, asa como de los impuestos directos siguientes.
– Impuesto de Sociedades: Este impuesto prevé un tipo impositivo del 10%
– Impuesto sobre la renta de los no residentes fiscales: La ley obliga a las empresas andorranas que pagan servicios que hayan sido contratados a empresas no residentes fiscales en Andorra ,a practicar una retención del 10% sobre el importe de las facturas a pagar

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